domingo, 6 de mayo de 2012

Los derechos de una víctima de violencia no son negociables

Pocas veces un domingo estuve tan aislado de las noticias como este domingo. 


Sin embargo, comunicándome con una amiga que también es defensora de derechos humanos y especialista en derechos de las mujeres, tuve conocimiento de una noticia publicada hoy en el diario ABC en la que se acusa a una Jueza de Paz (y de ser cierto, es muy grave), de "poner en una mesa de negociación" los derechos de una mujer víctima de violencia cuando toda forma de mediación está prohibida frente a casos de violencia en general, y de violencia doméstica, intrafamiliar o de género en particular.


La noticia indica que la Jueza de Paz Elvira Franco del distrito de la Recoleta en Asunción, fue protagonista de este hecho. Varias investigaciones y mi experiencia personal, han demostrado que muchos juzgados del país siguen utilizando la mediación ante casos de violencia cuando esto no solamente está prohibido por ley, sino que es inaceptable ética y moralmente ya que supone prolongar la violencia y exponer a quien fuera víctima a represalias.

La participación de un Juez o Jueza de Paz frente a cualquier situación de violencia en el ámbito doméstico e intrafamiliar presume su intervención de urgencia para la emisión de una medida cautelar (de protección) ante una inminente situación de riesgo de vida o integridad física. Sin embargo, las medidas se suelen otorgar semanas y hasta meses después de realizada la denuncia de violencia y luego de una audiencia, en las que se tiene conocimiento que por generalidad se busca alguna forma de mediación.

Este caso demuestra el riesgo de que se haya hecho costumbre una práctica errada, que, en búsqueda de resolver un expediente judicial, pone en riesgo una vez más la vida de una persona. El Poder Judicial deberá tomar las medidas que sean necesarias para asegurar que esta práctica es definitivamente erradicada por parte de magistrados y personal administrativo judicial.

Insisto, no es rol del Juzgado de Paz el intervenir en la búsqueda de una solución a la problemática de la violencia, sino que su rol es tomar las medidas urgentes que sean  necesarias para proteger la vida e integridad física de las personas. 

Asimismo, no tenemos que olvidar (y exigir ante una denuncia policial) que no hay ninguna limitación legal en que, una vez ocurrida la violencia, se presente al mismo tiempo que al juzgado de paz, una solicitud de intervención del Ministerio Público para valorar si corresponde a un hecho vinculado con el tipo penal de Violencia Familiar y dar así también intervención formal del Centro de Atención a Víctimas para la correspondiente asistencia psicológica de la persona víctima o de la persona victimaria.

Antecedentes

En una noticia publicada hoy en un diario de circulación nacional en Paraguay, se transcriben declaraciones de la magistrada quien, ante la consulta sobre el caso de violencia y la resolución que determinaba que un agresor podía ingresar nuevamente al hogar, dijo: “Quedó ahí, yo no sé qué fue lo que pasó después. Fui lo más objetiva, fui una persona muy paciente, porque les escuché, se extendió de más la audiencia y traté de darles todas las oportunidades para que de alguna manera se pudiera hacer una mesa de negociación y no tener que solamente imponer mi voluntad”.

El Señor Ladislao Elod Barath, convive desde hace 19 años con Gladys Rodríguez Vera y tienen en común dos hijas menores de edad. Según la noticia, la Señora Rodriguez Vera viene sufriendo violencia doméstica, intimidación, violencia física, psíquica y económica desde hace tiempo, lo que configura una situación de habitualidad. Recientemente, volvió a realizar una denuncia que tuvo como consecuencia obtener la orden de exclusión del hogar de Ladislao Elod Barath. El 30 de marzo pasado, la Jueza Elvira Franco habría realizado una conciliación y ordenó la reintegración del Señor Elod Barath en el hogar. Ese mismo día se reinició la violencia.

En las declaraciones vertidas en el periódico se señala que, ante la solicitud de la abogada particular de la Señora Rodriguez Vera para que reconsidere la perspectiva de derechos de su defendida, la Jueza dijo "yo voy a resolver lo que a mí me parece", cuando su deber es el de resolver en justicia y en el marco de la ley. Si esto es así.... es, cuanto menos, aberrante.