sábado, 25 de mayo de 2013
sábado, 27 de abril de 2013
Del por qué el mundo nunca será el mismo y qué debemos hacer al respecto
Comparto esta conferencia de Paddy Ashdown, realizada en TED Brusselas en la que propone una muy interesante teoría basada principalmente en su experiencia como político y diplomático acerca de cómo las instituciones están cambiando (o ya lo han hecho) y de cómo la individualidad e interconectividad personal están definiendo un nuevo orden social mundial.
Enjoy it.
TEDxBrussels - Paddy Ashdown - Why the world will never be the same & what we should do about it - YouTube
viernes, 15 de marzo de 2013
El Informe sobre el Índice de Desarrollo Humano de 2013 muestra importantes avances desde 2000 en la mayoría de los países del Sur
Otros índices actualizados del Informe sobre Desarrollo Humano 2013 miden la igualdad de género, la pobreza extrema y las desigualdades en el IDH.
Ciudad de México, 14 de marzo de 2013 Noruega, Australia y Estados Unidos encabezan la clasificación de 187 países y territorios del último Índice de Desarrollo Humano (IDH); mientras que la República Democrática del Congo, desgarrada por los conflictos, y Níger, asolado por la sequía, presentan los valores más bajos de la medición de logros nacionales en salud, educación e ingresos del IDH, presentados hoy en el Informe sobre Desarrollo Humano 2013 del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).
Sin embargo, Níger y la República Democrática del Congo, pese a sus constantes problemas de desarrollo, se ubican entre los países que han logrado los mayores avances en la mejora en el IDH desde 2000, señala el Informe. Las nuevas cifras del IDH evidencian una mejora continua en el desarrollo humano en la mayoría de los países.
"En las últimas décadas, países de todo el mundo se han encaminado hacia niveles más altos de desarrollo humano, como lo indica el Índice de Desarrollo Humano", dice el Informe 2013. "Se han observado mejoras notorias de todos los componentes del IDH en todos los grupos y regiones, con un mayor progreso en los países con un IDH bajo y medio. Sobre esta base, se considera que el mundo es cada vez más equitativo".
Catorce países han registrado notables aumentos en el IDH superiores al 2 % anual desde el año 2000. En orden de mejora, estos países son: Afganistán, Sierra Leona, Etiopía, Ruanda, Angola, Timor Oriental, Birmania, Tanzania, Liberia, Burundi, Malí, Mozambique, la República Democrática del Congo y Níger. La mayoría son países africanos con IDH bajo, y muchos de ellos están saliendo de extensos períodos de conflictos armados. Sin embargo, todos han logrado un progreso significativo reciente en materia de asistencia escolar, esperanza de vida y crecimiento del ingreso per cápita, según revelan los datos.
viernes, 22 de febrero de 2013
jueves, 21 de febrero de 2013
Unicef pide superar especulaciones y centrar debate político en propuestas para niñez
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lunes, 18 de febrero de 2013
viernes, 8 de febrero de 2013
Lunes 11. Charla en Vivo “Educación para la Ciudadanía Democrática en las Américas”
BOLETÍN
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TEMA DE INTERÉS | CURSOS ONLINE | REVISTA DIGITAL |
“Educación para la Ciudadanía Democrática en las Américas”
¿Cuál es la relación entre una educación de calidad y la implementación de un proceso de evaluación? ¿Por qué evaluar políticas, programas e iniciativas de educación ciudadana puede contribuir a fortalecer nuestras instituciones democráticas y a construir sociedades inclusivas y con justicia social? ¿Cuáles son las consecuencias de no implementar procesos de evaluación?
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El Programa Interamericano sobre Educación en Valores y Prácticas Democráticas y el Portal Educativo de las Américas de la OEA se complacen en invitarlo a una charla en vivo con el experto José Fernando Mejía Acosta, sobre la Educación para la Ciudadanía Democrática en las Américas.
Esta charla tendrá como fin plantear un panorama general de la evaluación de políticas y programas de educación para la ciudadanía democrática en las Américas y presentar algunas propuestas acerca de cómo fortalecerla. A través de la charla en vivo los participantes podrán aprender tanto acerca de los diferentes tipos de evaluación que se utilizan en educación para una ciudadanía democrática como también sobre algunos problemas comunes asociados con la evaluación, seguidos de recomendaciones para su fortalecimiento.
Para más información, haga clic aquí.
Donde: www.livestream.com/educoasCuando: Lunes, 11 de febrero de 2013 a las 11:00AM (hora de Washington DC)
Usted puede participar enviando sus preguntas y comentarios a #educoas, en nuestra página de Facebook o en el live chat de nuestra cuenta en Livestream.
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jueves, 7 de febrero de 2013
La Protección de Datos en el despacho de abogados
Análisis del caso español de la Ley Orgánica de Protección de Datos de 1999
6. febrero 2013 | Por JavierGR | Categoria: Delitos, Protección de datos
En la actividad de un Despacho de abogados lo más importante son los clientes. Entendamos esta afirmación en un doble sentido. En primer lugar, el servicio que prestamos está enfocado a los clientes y su opinión y valoración del servicio es lo más importante. En segundo lugar, esos clientes son personas y, como tales, son titulares del derecho a la intimidad, a la propia imagen, al honor… Y, por lo que aquí respecta, tienen derecho a que sus datos de carácter personal sean protegidos.
Un Despacho de abogados es un negocio más y, como tal, debe cumplir (como en el caso de España) con la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos (LOPD) cuando trata datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores… Así, el bufete de abogados tendrá las mismas obligaciones que cualquier otra empresa: deberá inscribir los ficheros pertinentes en la Agencia de Protección de Datos, implantará las medidas de seguridad necesarias según el Reglamento 1720/2007, informará del procedimiento pertinente para ejercitar los derechos ARCO, cumplirá con el principio de calidad de los datos e informará a sus clientes de la recogida de los mismos o incluso de la existencia, en su caso, de cámaras de videovigilancia.
Ahora, detengámonos en algunos matices que se desvían de la medida común.
Es habitual en nuestros días que las firmas de abogados se constituyan como una sociedad mercantil. El bufete de abogados funciona con forma jurídica societaria y, por tanto, será la sociedad mercantil la responsable del fichero, cumpliendo la normativa de protección de datos de manera sencilla. Sin embargo, en sus orígenes, los despachos de abogados se organizaban jurídicamente bajo la forma de una sociedad civil. Y aquí cabe preguntarnos quién será el responsable del fichero.
Pongamos que tres abogados ejercen la profesión en un despacho colectivo donde comparten gastos, oficina e incluso firma comercial, pero actúan como unidades económicas independientes con clientes propios de cada uno (autónomos). En este caso, habrá que tratarlos como tres negocios distintos y cada abogado será responsable de un fichero de clientes. Ahora bien, al compartir las mismas instalaciones se generan ciertas dificultades respecto a la seguridad de los datos, pues el simple flujo de información dentro del propio despacho (conversaciones, archivos, etc.) podrá ser considerado una cesión o comunicación de datos.
Por otro lado, puede darse el caso de que el despacho de abogados almacene información en la nube (oCloud Computing), de manera que accede a una serie de servicios (correo electrónico, almacenamiento de documentos, contabilidad, bases de datos de jurisprudencia o legislación…) sin necesidad de disponer de servidores o de software en el propio despacho. En este caso, ha señalado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que el responsable del fichero será el propio despacho, mientras que el prestador de servicios de Cloud Computing tendrá la naturaleza de encargado del tratamiento, ya que en definitiva trata datos personales por cuenta del responsable. (Más información sobre el Cloud Computing en los despachos de abogados aquí).
En relación con los niveles de seguridad también hay que atender varias cuestiones. Como regla general, todos los ficheros de datos de carácter personal deben adoptar las medidas de seguridad calificadas de nivel básico del Título VIII del RD 1720/2007. A partir de aquí, dependiendo del tipo de datos que se traten en el despacho se podrán aplicar medidas adicionales.
En primer lugar, en el caso de un despacho que trate reclamaciones penales y civiles de responsabilidad médica o por accidentes de tráfico, seguramente opere con datos de los calificados como “especialmente protegidos” relativos a la salud (art. 7LOPD), por lo que el nivel de seguridad que deberá adoptar será el alto.
En segundo lugar, en el supuesto de realizar entrevistas a candidatos que quieren trabajar en su despacho, si durante los procesos de selección se realizan pruebas de carácter sociológico que definen las características de la personalidad (test de inteligencia, entrevista personal sobre actitudes…), el nivel de protección será el medio.
Y, por último, encontramos en el art. 7.5 LOPD un caso paradójico. Señala este precepto que los datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas sólo pueden ser incluidos en ficheros de las Administraciones públicas, es decir, se aplica una prohibición a las entidades privadas de tratar este tipo de datos. ¿Esto supone que el despacho de abogados no puede almacenar datos relativos a infracciones y sanciones de los litigios de sus clientes? ¿Cómo encaja la literalidad de este artículo con la praxis habitual de un abogado y con el derecho a la defensa y asistencia letrada de nuestra Constitución? Parece evidente que , mediante el pertinente juicio de proporcionalidad, prima este último derecho fundamental sobre la protección de datos de los clientes, ya que un abogado necesita tratar este tipo de información para poder prestar sus servicios.
Como vemos, un despacho de abogados es un negocio más y, como tal, debe cumplir íntegramente con la LOPD, pero teniendo mucho cuidado al tratar ciertos datos especialmente protegidos para salvaguardar la intimidad de sus clientes. Clientes que, en definitiva, son lo más importante.
Abel Lomar. Delitos Informáticos.com
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viernes, 1 de febrero de 2013
La sorpresa de Santiago. (publicado en TWN)
Viernes 1 de febrero de 2013 - No. 99 - Año 2013
Roberto Bissio
“Nos comprometemos a mantener un ambiente de negocios favorable para los inversionistas, sin embargo, reconociendo el derecho de los países de establecer regulaciones con el fin de cumplir sus objetivos de política nacional en conformidad con sus compromisos y obligaciones internacionales”...“también es vital que los inversionistas cumplan con la legislación nacional e internacional, en particular, en relación a impuestos, transparencia, protección del medio ambiente, seguridad social y trabajo” Sebastián Piñera
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Fuente: infolatam.com |
Los documentos públicos que resultan de las cumbres presidenciales suelen ser aburridos y previsibles, pero la Declaración de Santiago, emitida el domingo 27 de enero tras la cumbre euro-latinoamericana, sorprendió a los medios diplomáticos con un nuevo consenso sobre el papel del Estado y las responsabilidades de las empresas transnacionales. Como se trata de acuerdos unánimes y no de textos votados por una mayoría, las declaraciones que resultan de estas cumbres suelen reflejar un nivel mínimo de acuerdo, listar buenas intenciones y repetir, a menudo con las mismas palabras, lo ya acordado en reuniones anteriores. En una cumbre entre una región del mundo llamado “desarrollado” (en este caso la Unión Europea) y un grupo de países de los antes llamados “subdesarrollados” y ahora considerados “en desarrollo” o incluso “emergentes”, lo usual es que estos últimos recuerden a los primeros su vieja promesa, siempre incumplida, de proveer 0.7 por ciento de sus ingresos como ayuda y a cambio los donantes pontificarán sobre el respeto a los derechos humanos y la lucha contra la corrupción (en una velada inferencia de que si no se provee más ayuda es porque los potenciales beneficiarios son corruptos, violadores de derechos humanos o ambas cosas a la vez).
Siguiendo el modelo del “consenso de Washington”, lo usual y previsible sería que los países pobres reclamen más inversiones, a lo que los ricos responderán que las inversiones son decisiones privadas, pero que éstas serán atraídas si se les garantiza reglas de juego favorables, exoneraciones impositivas y garantías contra futuras expropiaciones. En este esquema, los derechos humanos y los privilegios de las empresas son la misma cosa. Así lo resumió Mitt Romney, el candidato derrotado en las elecciones estadounidenses de noviembre pasado: “Amigo, las empresas son gente! (“Corporations are people, my friend”.)
Pero quien esperaba la reiteración de estas viejas certezas cuando el presidente Piñera dio a conocer la Declaración de Santiago no pudo menos que asombrarse con el párrafo 10 del documento, que invierte los términos tradicionales. Después de las loas usuales al libre comercio, los mandatarios dicen que “nos comprometemos a mantener un ambiente de negocios favorable para los inversionistas, sin embargo, reconociendo el derecho de los países de establecer regulaciones con el fin de cumplir sus objetivos de política nacional en conformidad con sus compromisos y obligaciones internacionales”. Y agregan que “también es vital que los inversionistas cumplan con la legislación nacional e internacional, en particular, en relación a impuestos, transparencia, protección del medio ambiente, seguridad social y trabajo”.
Aquí ya no tenemos a Europa dictando una cátedra de educación moral y cívica a sus ex colonias, sino que ahora las democracias del Nuevo Mundo anuncian que si se toman en serio sus “compromisos y obligaciones” de respetar y promover los derechos humanos (que incluyen los derechos económicos, sociales y culturales, junto a las libertades civiles y políticas) deben limitar la voracidad de los inversores.
En Uruguay la defensa del derecho humano a la salud está siendo cuestionada por la tabacalera Philip Morris, que no admite restricciones a la promoción de sus agentes cancerígenos. Ecuador intenta cobrar de la petrolera Chevron reparaciones por la destrucción de la selva y las comunidades indígenas. Bolivia comenzó el año nacionalizando la empresa de electricidad y Argentina ha recuperado su petróleo y su fragata escuela tras un intento de embargo por parte de fondos “buitre” que ni siquiera invirtieron un peso en el país.
Pero el consenso no se logra de un solo lado, como lo muestra el caso de las Malvinas, donde la unanimidad latinoamericana no logró una sola mención al tema en el documento, ya que Europa se solidarizó con la posición británica. La sorpresa del consenso de Santiago está en la aceptación europea de este tirón de orejas al sector empresarial, recordándole sus responsabilidades y previniendo que los derechos humanos están por encima de sus pretensiones.
Lo que sucede es que Europa no puede ser complaciente con los fondos buitre, porque mañana éstos pueden torpedear la renegociación de la deuda griega o chipriota o española. En vez de cerrar filas en torno de la defensa de las empresas españolas nacionalizadas, los países del euro quieren comprensión y apoyo para la decisión que tomaron la semana pasada de implantar un impuesto a las transacciones financieras. Incluso el conservador premier británico David Cameron, que no quiere ni oír hablar del euro o la tasa Tobin, ha dicho que “las empresas tienen que despertarse” y pagar impuestos. La opinión pública británica está indignada desde que una investigación parlamentaria demostró que Amazon, Starbucks y Google no pagan impuestos, en momentos en que todo el país sufre por las medidas de austeridad.
La diferencia entre una corporación y una persona es que los humanos tenemos derechos y éstos son inalienables. Las empresas tienen privilegios y éstos son revocables.
Publicado: Viernes 1 de febrero de 2013 - No. 99 - Año 2013 en Red del Tercer Mundo
jueves, 31 de enero de 2013
Curso de especialización en derecho penal internacional para jóvenes penalistas
![](https://snt002.mail.live.com/Handlers/ImageProxy.mvc?bicild=&canary=AbWbk%2fg1Efu2K7KD8HknehgCO0WAfYcO6pWRQqYbeJg%3d0&url=http%3a%2f%2fi4.cmail5.com%2fei%2fr%2fDE%2f509%2fE5A%2fcsimport%2fIsisc.165152.jpg)
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El Instituto Internacional de Altos Estudios en Ciencias Penales (International Institute of Higher Studies in Criminal Sciences – ISISC) en Siracusa, Italia, anunció el tema de su 13° curso de especialización en derecho penal internacional para jóvenes penalistas: “El futuro del derecho penal internacional en la era de la globalización”. El curso tendrá lugar del 19 al 29 de mayo y está abierto a estudiantes graduados de derecho internacional.
El ISISC seleccionará a 60 participantes, entre los que se incluyen 10 becas para aplicaciones de países en desarrollo y subdesarrollados.
Fecha de cierre de recepción de aplicaciones: 20 de marzo de 2013
Abierto a: todo el mundo
Más información: www.isisc.org/
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Boletín Nº 90 Observatorio Internacional de Justicia Juvenil - Enero 2013
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Observatorio Internacional de Justicia Juvenil (OIJJ). Fundación Belga de Utilidad Pública
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