lunes, 4 de junio de 2012

De lectura obligada: internet, derechos humanos y el EPU



Por Joy Liddicoat para APC
GINEBRA, 31 May 2012
“… internet transformó los movimientos de derechos humanos… Hay blogueros/as y defensores/as de los derechos humanos que ejercen legítimamente su derecho a la libertad de expresión que continúan sufriendo arrestos arbitrarios, torturas y sentencias injustas a la cárcel bajo el pretexto de proteger la seguridad nacional o combatir el terrorismo. Hay algunos/as cuya vida corre peligro tras haber recibido condena a muerte.
“Nos enfrentamos a problemas muy complejos. Sin embargo, no son sólo de naturaleza técnica, sino que tienen profundas implicaciones políticas. Por lo tanto, enfatizo la importancia de realizar una evaluación de impacto de derechos humanos cada vez que se deliberan políticas de internet.”
Ms. Navi Pillay, Alta Comisionada de Naciones Unidas por los Derechos Humanos
¿El acceso a internet es un derecho humano?
El acceso a internet es un tema que tiene muchas aristas, que incluyen el acceso a la infraestructura física y el acceso a contenidos. El acceso universal y asequible a internet todavía está lejos de convertirse en realidad. Mientras algunos países sancionaron leyes que garantizan el acceso, otros aún titubean, reconocen la importancia de internet para el desarrollo pero dudan de considerarlo un nuevo derecho.
En 2011, el informe anual del Relator Especial sobre libertad de expresión estuvo centrado en internet. El Relator Especial no dijo que el acceso a internet sea un derecho humano. En cambio, resaltó que las normas internacionales de derechos humanos existentes obligan a los estados a dar pasos para garantizar el acceso a internet para todas las personas. APC cree que internet, con su potencial para posibilitar la democracia, el desarrollo y el intercambio de conocimientos es un bien común. Los gobiernos deberían dar pasos que permitan un acceso al alcance de toda la ciudadanía, incluyendo el acceso a contenidos en idiomas locales y acceso para personas con discapacidades.
¿Se trata de crear nuevos derechos?
No. En el reciente panel sobre libertad de expresión e internet del Consejo de Derechos Humanos, los estados miembro y los grupos de la sociedad civil enfatizaron que los mismos derechos vigentes en la vida real se aplican en línea. Quienes trabajan en defensa de los derechos humanos solicitan a todos los estados que promuevan y protejan todos los derechos humanos y que adopten un enfoque de derechos humanos a la gobernanza y la regulación de internet.
¿Acaso no hay otros temas más importantes? ¿No es éste un tema sólo para países desarrollados?
Todas las violaciones a los derechos humanos son importantes y las prioridades se definen a la luz de contextos nacionales específicos. Pero también necesitamos prestar especial atención a las problemáticas emergentes que los grupos existentes no pudieron abordar. Internet es uno de estos temas. Las violaciones de derechos relacionadas con internet pueden agravar las desigualdades existentes y crear otras nuevas. El crecimiento del acceso a internet en los países en desarrollo significa que los usuarios y usuarias de internet en esos países superan en número a los/as de los países en desarrollo. Quienes defienden los derechos humanos en los países en desarrollo son quienes se adelantan a traer temas relacionados con internet al Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
¿Esto tiene que ver con las mujeres?
Correcto. Grupos de la sociedad civil de Brasil, por ejemplo, expresaron serias preocupaciones porque algunos grupos conservadores intentan bloquear el acceso a la información sobre el aborto. La dificultad reside en que la información que proveen los grupos de la sociedad civil y otros puede ser vista como en conflicto con la ley, pues Brasil tiene una de las legislaciones sobre aborto más restrictivas del mundo. Y en 2006, el informe del Secretario General de Naciones Unidas sobre violencia contra la mujer llamó a una mayor investigación sobre el uso de internet y teléfonos móviles en el desarrollo de las formas de violencia. Podemos observar formas emergentes de violencia mediada por la tecnología, como el ciberacoso, la vigilancia digital, la manipulación de información e imágenes personales y el acoso sexual, todas estas formas comprometen la seguridad de las mujeres. Se necesitan estrategias que alienten a las mujeres a usar la tecnología, incluso internet, para ejercer la totalidad de sus derechos humanos, combatir la discriminación y protegerse de la violencia.
Las defensoras de los derechos humanos de las mujeres vienen aportando pruebas de violencia contra la mujer relacionada con la tecnología y participan en el EPU de sus países con el propósito de plantear estos problemas y otras cuestiones de derechos de las mujeres relacionadas con la tecnología.
¿Qué relación guarda esto con el EPU?
El Comité de Derechos Humanos afirmó que la libertad de expresión incluye la expresión basada en internet. Los informes del EPU deben incluir temas de derechos humanos relacionados con internet. Otras actividades de Naciones Unidas, como la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información, la Declaración de principios de Ginebra y el Foro de gobernanza de internet también se refieren a derechos humanos e internet. Los informes nacionales del EPU también deben tener en cuenta los nuevos desarrollos.
El Relator Especial sobre libertad de expresión llamó a los estados a:
  • Aplicar el artículo 19 del Pacto internacional de derechos civiles y políticos (PIDCP) cuando desarrollen leyes y políticas relativas a internet
  • Garantizar que las restricciones a los contenidos en línea no sean arbitrarias o ilegítimas
  • Desarrollar planes de acción para mejorar el acceso a internet
¿Qué sucedió durante el EPU13?
Viernes 25 de mayo de 2012, 13-14 hs Sala XXV.
Defensores/as de derechos humanos de Brasil, Ecuador, India, Sudáfrica y Filipinas llamaron a los estados a:
  • Establecer metas nacionales para mejorar el acceso a internet para todas las personas
  • Establecer procesos de gobernanza de internet multisectoriales regulares
  • Adoptar un enfoque basado en los derechos para tratar las leyes y políticas relativas a internet
  • Garantizar que las estrategias informáticas y las leyes de delitos informáticos cumplan con las normas de derechos humanos
  • Desarrollar indicadores nacionales de derechos humanos en relación a internet
  • Proteger y defender los derechos humanos de las mujeres, incluyendo la violencia contra las mujeres basada en internet
¡Conecta tus derechos! Los derechos humanos también valen en internet
Contacto joy@apc.org
Más información:
Entrevista a Navi Pallay
Temas de derechos humanos de las mujeres e internet .

(FIN/2012)

Foro del Observatorio Internacional de Justicia Juvenil


Violencia colectiva en espacios urbanos

Los fenómenos de violencia y de delincuencia juvenil causan una gran preocupación en la sociedad europea. En los últimos años, una gran parte de los países europeos han sido escena de violencia colectiva, sin embargo no se ha considerado el problema de forma global por los gobiernos pero más bien como unos epifenómenos puntuales y aislados.
¿Qué estrategias de prevención tendrían que adoptar los gobiernos europeos? ¿Cuáles son las vías de acción que permitirían resolver el problema, en la práctica? ...
PARTICIPAR EN EL FORO 

domingo, 6 de mayo de 2012

Los derechos de una víctima de violencia no son negociables

Pocas veces un domingo estuve tan aislado de las noticias como este domingo. 


Sin embargo, comunicándome con una amiga que también es defensora de derechos humanos y especialista en derechos de las mujeres, tuve conocimiento de una noticia publicada hoy en el diario ABC en la que se acusa a una Jueza de Paz (y de ser cierto, es muy grave), de "poner en una mesa de negociación" los derechos de una mujer víctima de violencia cuando toda forma de mediación está prohibida frente a casos de violencia en general, y de violencia doméstica, intrafamiliar o de género en particular.


La noticia indica que la Jueza de Paz Elvira Franco del distrito de la Recoleta en Asunción, fue protagonista de este hecho. Varias investigaciones y mi experiencia personal, han demostrado que muchos juzgados del país siguen utilizando la mediación ante casos de violencia cuando esto no solamente está prohibido por ley, sino que es inaceptable ética y moralmente ya que supone prolongar la violencia y exponer a quien fuera víctima a represalias.

La participación de un Juez o Jueza de Paz frente a cualquier situación de violencia en el ámbito doméstico e intrafamiliar presume su intervención de urgencia para la emisión de una medida cautelar (de protección) ante una inminente situación de riesgo de vida o integridad física. Sin embargo, las medidas se suelen otorgar semanas y hasta meses después de realizada la denuncia de violencia y luego de una audiencia, en las que se tiene conocimiento que por generalidad se busca alguna forma de mediación.

Este caso demuestra el riesgo de que se haya hecho costumbre una práctica errada, que, en búsqueda de resolver un expediente judicial, pone en riesgo una vez más la vida de una persona. El Poder Judicial deberá tomar las medidas que sean necesarias para asegurar que esta práctica es definitivamente erradicada por parte de magistrados y personal administrativo judicial.

Insisto, no es rol del Juzgado de Paz el intervenir en la búsqueda de una solución a la problemática de la violencia, sino que su rol es tomar las medidas urgentes que sean  necesarias para proteger la vida e integridad física de las personas. 

Asimismo, no tenemos que olvidar (y exigir ante una denuncia policial) que no hay ninguna limitación legal en que, una vez ocurrida la violencia, se presente al mismo tiempo que al juzgado de paz, una solicitud de intervención del Ministerio Público para valorar si corresponde a un hecho vinculado con el tipo penal de Violencia Familiar y dar así también intervención formal del Centro de Atención a Víctimas para la correspondiente asistencia psicológica de la persona víctima o de la persona victimaria.

Antecedentes

En una noticia publicada hoy en un diario de circulación nacional en Paraguay, se transcriben declaraciones de la magistrada quien, ante la consulta sobre el caso de violencia y la resolución que determinaba que un agresor podía ingresar nuevamente al hogar, dijo: “Quedó ahí, yo no sé qué fue lo que pasó después. Fui lo más objetiva, fui una persona muy paciente, porque les escuché, se extendió de más la audiencia y traté de darles todas las oportunidades para que de alguna manera se pudiera hacer una mesa de negociación y no tener que solamente imponer mi voluntad”.

El Señor Ladislao Elod Barath, convive desde hace 19 años con Gladys Rodríguez Vera y tienen en común dos hijas menores de edad. Según la noticia, la Señora Rodriguez Vera viene sufriendo violencia doméstica, intimidación, violencia física, psíquica y económica desde hace tiempo, lo que configura una situación de habitualidad. Recientemente, volvió a realizar una denuncia que tuvo como consecuencia obtener la orden de exclusión del hogar de Ladislao Elod Barath. El 30 de marzo pasado, la Jueza Elvira Franco habría realizado una conciliación y ordenó la reintegración del Señor Elod Barath en el hogar. Ese mismo día se reinició la violencia.

En las declaraciones vertidas en el periódico se señala que, ante la solicitud de la abogada particular de la Señora Rodriguez Vera para que reconsidere la perspectiva de derechos de su defendida, la Jueza dijo "yo voy a resolver lo que a mí me parece", cuando su deber es el de resolver en justicia y en el marco de la ley. Si esto es así.... es, cuanto menos, aberrante.


viernes, 20 de abril de 2012

Boletín de la Coalición por la Corte Penal Internacional


Últimas declaraciones y noticias sobre las actuales investigaciones de la CPI. Visite coalitionfortheicc.org para obtener más información.
Si este mensaje no se muestra correctamente,
revisalo en tu explorador.
Coalition for the International Criminal Court
Uganda

La Coalición por la CPI tiene el agrado de brindarle las últimas noticias sobre la investigación de la Corte Penal Internacional (CPI) en el Norte de Uganda. A continuación, encontrarán las últimas declaraciones y editoriales de los miembros de la Coalición y artículos de noticias y opinión relacionados. Para obtener más información sobre la investigación de la CPI en Uganda o sobre el trabajo de la Coalición, visite coalitionfortheicc.org.

Like Uganda: Latest Statements, News and Opinion on Facebookcomment on Uganda: Latest Statements, News and Opinionshare on Twitter


Declaraciones y editoriales de los miembros de la Coalición

Futbol por la justicia de género (Football for gender justice), Women's Initiatives for Gender Justice, 19 de marzo de 2012 (en inglés)


Dejen de alistar niños soldados para la guerra; la CPI emite su primer veredicto (Stop enlisting Child Soldiers in War; the ICC delivers its first guilty verdict), Coalición de Uganda por la Corte Penal Internacional (CUCPI) y Human Rights Network-U (HURINET-U), 14 de marzo de 2012 (en inglés)

Burnett y Evenson: La otra parte de la ecuación de Kony(Burnett and Evenson: Other half of the Kony equation), Maria Burnett y Elizabeth Evenson (Human Rights Watch), The Washington Times, 4 de abril de 2012 (en inglés)
 
 

Ver también
Preguntas y respuestas sobre Joseph Kony y el Ejército de Resistencia del Señor (Q&A on Joseph Kony and the Lord's Resistance Army), Human Rights Watch, 21 de marzo de 2012 (en inglés y francés)

Volver arriba ▲
Política de la CCPI sobre la remisión y enjuiciamiento de situaciones ante la CPI
La Coalición por la CPI no es un órgano de la corte. La CCPI es una ONG independiente dedicada a la implementación de la Corte Penal Internacional en tanto la considera una organización internacional justa, efectiva e independiente. La Coalición proporcionará la información más actualizada sobre la CPI y ayudará a coordinar acciones globales para implementar el Estatuto de Roma de la CPI de manera efectiva. La Coalición también se esforzará por responder interrogantes comunes y aumentar la difusión de los mecanismos y procedimientos de la CPI a medida que se desarrollen. Asimismo, la Coalición en su conjunto y su Secretariado no apoyarán ni promoverán investigaciones o enjuiciamientos específicos, ni asumirán una posición sobre situaciones presentadas ante la CPI. Sin embargo, durante el desempeño de sus actividades, los miembros individuales de la CCPI pueden apoyar remisiones, proveer asistencia legal y de otro tipo en investigaciones o celebrar convenios con organizaciones locales, entre otras posibles situaciones. Las comunicaciones dirigidas a la CPI pueden enviarse a: CPI, Casilla de correo 19519, La Haya 2500 CM, Países Bajos.


El contenido de este mensaje no es exhaustivo. Envíanos materiales que puedan ser incluidos en futuros mensajes. 
Copyright Copyright symbol 2012 Coalition for the International Criminal Court, All rights reserved.

Nuestra dirección postal es:

Oficina de Nueva York:
708 Third Ave., 24th floor
New York, NY 10017
USA

Oficina de La Haya:
Bezuidenhoutseweg 99a
2594 AC The Hague
The Netherlands

You are receiving this email because you signed up to be included on our information lists either on our website at www.coalitionfortheicc.org or by emailing info@coalitionfortheicc.org.
(Si has recibido este mensaje de correo electrónico es por que accediste a formar parte de nuestra lista de información a través de nuestra página de Internet www.coalitionfortheicc.org o vía correo electrónico a través de cicc@coalitionfortheicc.org.)