| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Observatorio Internacional de Justicia Juvenil (OIJJ). Fundación Belga de Utilidad Pública
Sede Social: Rue Mercelis, nº 50. 1050. Bruselas. Bélgica. Tlf: 00 32 262 988 90. Fax: 00 32 262 988 99. oijj@oijj.org Todos los derechos reservados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
jueves, 31 de enero de 2013
Boletín Nº 90 Observatorio Internacional de Justicia Juvenil - Enero 2013
lunes, 28 de enero de 2013
Prórroga del Plazo para Presentarse: Vacantes en la CIDH / Extension on Applicaton Deadline: Vacancies at the IACHR
Vacantes en la CIDH
Anuncio: el plazo para presentarse a los tres concursos abiertos fue extendido hasta el 31 de enero de 2013
Título: Abogada/o Especialista en derechos humanos
Grado: P01
Anuncio Número: ST-EO/01/13
Ver el anuncio en la página Web de la OEA / Presentarse a este puesto aquí (sólo disponible en inglés)El plazo para presentarse fue prorrogado hasta el 31 de enero de 2013 (el plazo original venció el 24 de enero de 2013; se anuncia la prórroga el día 25 de enero de 2013)
Descripción del puesto en pdf
Grado: P01
Anuncio Número: ST-EO/01/13
Ver el anuncio en la página Web de la OEA / Presentarse a este puesto aquí (sólo disponible en inglés)El plazo para presentarse fue prorrogado hasta el 31 de enero de 2013 (el plazo original venció el 24 de enero de 2013; se anuncia la prórroga el día 25 de enero de 2013)
Descripción del puesto en pdf
Título: Abogada/o Especialista en derechos humanos
Grado: P02
Anuncio Número: ST-EO/02/13
Ver el anuncio en la página Web de la OEA / Presentarse a este puesto aquí (sólo disponible en inglés)El plazo para presentarse fue prorrogado hasta el 31 de enero de 2013 (el plazo original venció el 24 de enero de 2013; se anuncia la prórroga el día 25 de enero de 2013)
Descripción del puesto en pdf
Grado: P02
Anuncio Número: ST-EO/02/13
Ver el anuncio en la página Web de la OEA / Presentarse a este puesto aquí (sólo disponible en inglés)El plazo para presentarse fue prorrogado hasta el 31 de enero de 2013 (el plazo original venció el 24 de enero de 2013; se anuncia la prórroga el día 25 de enero de 2013)
Descripción del puesto en pdf
Título: Abogada/o Especialista en derechos humanos
Grado: P02
Anuncio Número: ST-EO/03/13
Ver el anuncio en la página Web de la OEA / Presentarse a este puesto aquí (sólo disponible en inglés)El plazo para presentarse fue prorrogado hasta el 31 de enero de 2013 (el plazo original venció el 24 de enero de 2013; se anuncia la prórroga el día 25 de enero de 2013)
Descripción del puesto en pdf
Grado: P02
Anuncio Número: ST-EO/03/13
Ver el anuncio en la página Web de la OEA / Presentarse a este puesto aquí (sólo disponible en inglés)El plazo para presentarse fue prorrogado hasta el 31 de enero de 2013 (el plazo original venció el 24 de enero de 2013; se anuncia la prórroga el día 25 de enero de 2013)
Descripción del puesto en pdf
Employment
Announcement: The deadline to apply to these three vacancies was extended until January 31, 2013
Title: Human Rights Specialist
Grade: P01
Announcement Number: ST-E0/01/13
Go to this announcement on the OAS Webpage/ ApplyClosing date: January 31, 2013 (The original closing date was January 24, 2013; on January 25, 2013, the OAS announced an extension until January 31, 2013)
Description in pdf format
Grade: P01
Announcement Number: ST-E0/01/13
Go to this announcement on the OAS Webpage/ ApplyClosing date: January 31, 2013 (The original closing date was January 24, 2013; on January 25, 2013, the OAS announced an extension until January 31, 2013)
Description in pdf format
Title: Human Rights Specialist
Grade: P02
Announcement Number: ST-E0/02/13
Go to this announcement on the OAS Webpage/ ApplyClosing date: January 31, 2013 (The original closing date was January 24, 2013; on January 25, 2013, the OAS announced an extension until January 31, 2013)
Description in pdf format
Grade: P02
Announcement Number: ST-E0/02/13
Go to this announcement on the OAS Webpage/ ApplyClosing date: January 31, 2013 (The original closing date was January 24, 2013; on January 25, 2013, the OAS announced an extension until January 31, 2013)
Description in pdf format
Title: Human Rights Specialist
Grade: P02
Announcement Number: ST-E0/03/13
Go to this announcement on the OAS Webpage/ ApplyClosing date: January 31, 2013 (The original closing date was January 24, 2013; on January 25, 2013, the OAS announced an extension until January 31, 2013)
Description in pdf format
Grade: P02
Announcement Number: ST-E0/03/13
Go to this announcement on the OAS Webpage/ ApplyClosing date: January 31, 2013 (The original closing date was January 24, 2013; on January 25, 2013, the OAS announced an extension until January 31, 2013)
Description in pdf format
Contact Info / Información de Contacto
María Isabel Rivero
IACHR Press Director / Directora de Prensa de la CIDH
Tel. (1) 202 458 3867mrivero@oas.org
IACHR Press Director / Directora de Prensa de la CIDH
Tel. (1) 202 458 3867mrivero@oas.org
Suscripción y Cancelación / Subscription and Cancellation
Usted ha recibido este mensaje porque está suscrito a la lista de distribución de la CIDH. Para cancelar su suscripción, llene el formulario disponible en http://www.oas.org/es/cidh/ prensa/suscribir.asp y pulse “cancelar”, o escriba un correo a cidh-prensa@oas.org. Muchas gracias.
You have received this message because you are subscribed to our mailing list. To unsubscribe, please fill the form available at http://www.oas.org/en/iachr/ media_center/subscribe.asp and click on “unsubscribe” or send an e-mail to cidh-prensa@oas.org. Thank you.
viernes, 18 de enero de 2013
¿Loca/machona o "transgénero" social?. La presión de la sociedad machista para que una persona gay o lesbiana encaje de una u otra manera.
Hace tiempo que me viene dando vueltas a la cabeza la pregunta de que si el estereotipo social para un gay o lesbiana de asumir comportamientos del género opuesto es naturales o impuestos socialmente (algunxs recordarán el planteo desde los tiempos de "Diosloscría" allá por el 2007). Mi postura personal es que la orientación sexual de una persona corresponde al ámbito privado, y por lo tanto su exteriorización se limita a las relaciones sentimentales o sexuales que se tengan y no influyen en el desarrollo de la vida profesional o pública.
De hecho, millones de personas en todo el mundo que soy gays o lesbianas que no asumen este tipo de comportamiento son usualmente confrontadas al "pero no se te nota". Y me pregunto: ¿para quién se tiene que notar?. Y me viene automáticamente a la cabeza el cliché tan estereotipado del hombre que descubre y asume su sexualidad y cambia automáticamente su voz, maneras y corre a vestirse de mujer, o de la mujer que automáticamente se corta el pelo, y compra las tradicionales musculosas y camisa leñadora. Entonces, cuestiono hasta dónde este comportamiento es un signo de identificación con un grupo y real decisión personal, una presión tácita de la comunidad para "identificar a la persona que es distinta" y de alguna manera justificar su comportamiento, o es una no asumida intención de ser una persona transgénero.
Sin criticar al respecto de la forma en la que se prefiera exteriorizar un sentimiento o de la forma en la que una persona decida comportarse (que tiene el derecho de hacer lo que le plazca en su forma de expresión), adoptar comportamientos del sexo opuesto por parte de personas gays y lesbianas, ¿es realmente una opción personal o responde a un condicionamiento asumido para complacer a la necesidad de "identificar lo distinto" de una sociedad machista?
De hecho, millones de personas en todo el mundo que soy gays o lesbianas que no asumen este tipo de comportamiento son usualmente confrontadas al "pero no se te nota". Y me pregunto: ¿para quién se tiene que notar?. Y me viene automáticamente a la cabeza el cliché tan estereotipado del hombre que descubre y asume su sexualidad y cambia automáticamente su voz, maneras y corre a vestirse de mujer, o de la mujer que automáticamente se corta el pelo, y compra las tradicionales musculosas y camisa leñadora. Entonces, cuestiono hasta dónde este comportamiento es un signo de identificación con un grupo y real decisión personal, una presión tácita de la comunidad para "identificar a la persona que es distinta" y de alguna manera justificar su comportamiento, o es una no asumida intención de ser una persona transgénero.
Sin criticar al respecto de la forma en la que se prefiera exteriorizar un sentimiento o de la forma en la que una persona decida comportarse (que tiene el derecho de hacer lo que le plazca en su forma de expresión), adoptar comportamientos del sexo opuesto por parte de personas gays y lesbianas, ¿es realmente una opción personal o responde a un condicionamiento asumido para complacer a la necesidad de "identificar lo distinto" de una sociedad machista?
El derecho a la propia imagen y las Redes sociales
18. diciembre 2012 | Por JavierGR |
El derecho a la propia imagen atribuye al individuo la capacidad de decidir libremente sobre la captación, reproducción o difusión de su imagen entendida como representación gráfica de la figura humana. Este derecho faculta a las personas a difundir o publicar su propia imagen y, por ende, su derecho a evitar su reproducción.
En este sentido, las Redes sociales han permitido un nuevo medio de interacción entre sus usuarios donde existe la posibilidad de intercambiar fotografías, videos y otros datos que convierte la comunicación inter partes más inmediata e interesante. El usuario de las Redes sociales tiene la facultad de decidir si consiente la difusión de su imagen y la información que revela sobre su intimidad, o de lo contrario prefiere mantener dicho contenido en una esfera más privada.
Pero, ¿qué ocurre cuando las fotografías han sido publicadas por terceras personas?
El derecho a la propia imagen es un derecho personalísimo dirigido a proteger la dimensión moral, que atribuye a su titular un derecho a determinar la información gráfica generada por sus rasgos físicos personales que puede tener difusión pública. Por tanto, cuando han sido publicadas fotografías sin nuestro consentimiento, ni si quiera tácito, las posibilidades que tenemos para que esa imagen sea eliminada serán las siguientes:
.– Podemos avisar al usuario que ha subido la imagen a la red social y pedirle que la elimine porque consideramos que es preferible mantenerla en una esfera más privada, ya que tenemos contactos a los que no les interesa el contenido de esa fotografía o pueden desvirtuar el contexto de la misma y puede hacernos sentir vergüenza. Este primer paso, y en principio debería de ser el último, no tiene una gran importancia entre los menores de edad, quienes a la mayoría de ellos les parece un juego y donde la vergüenza no es salir de una determinada manera sino pedir que se elimine.
.– Si este usuario declina nuestra petición, exite en todas las Redes sociales la posibilidad de acceder al sistema de abuso y denuncia, accesible para todos los usuarios, donde se tendrá que detallar las “razones por las que se considera que dicha fotografía no debe estar publicada”. A pesar de que su eliminación no es inmediata, debemos confiar en que “hemos dado razones suficientes” para que pueda llevarse a cabo.
.– Por supuesto, si ninguno de estos pasos funciona, es razonable que tenga que ponerse en manos de Abogados especialistas en las Nuevas Tecnologías y delitos informaticos, para que puedan solucionar el problema.
CONSENTIMIENTO
La actitud que toma el sujeto ante la toma de una fotografía desempeña un papel importante en el derecho a la propia imagen. Numerosa jurisprudencia ha diferenciado entre el consentimiento para posar y el consentimiento para la exhibición fotográfica, es decir, que el hecho de que posemos en fotografías o nos filmen en un video, no es condición para que puede ser publicada y difundida libremente por aquél que tomó la foto o quienes la posean.
En este sentido, los personajes públicos deben soportar un cierto riesgo de lesión en sus derechos de la personalidad que las personas privadas. Si bien es preciso distinguir entre las imágenes que forman parte del contenido consustancial de su proyección pública y aquéllas otras que afectan a lapropia intimidad de cada persona.
.En resumen se considera ilegítimo:
.– La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, cuando no se cuente con la debida autorización.
.– La utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga, sin el debido consentimiento.
.Y legítimo:
.– La captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
.– La utilización de la caricatura de estas personas, de acuerdo con el uso social.
.– La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.
Javier Girón
Share
lunes, 14 de enero de 2013
La ONU consulta a la ciudadanía global sobre las nuevas prioridades de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Naciones Unidas lanza la encuesta global MI MUNDO en busca de conocer las prioridades de las personas para crear un mundo mejor.
A falta de tres años para que se cumpla la fecha propuesta para los Objetivos de Desarrollo del Milenio, la ONU pregunta a la ciudadanía qué cambios quiere ver en el mundo para trasladar a los líderes mundiales estas opiniones y así crear una nueva agenda global de desarrollo y de lucha contra la pobreza.
La votación se lleva a cabo en http://www.myworld2015.org/? lang=es y para formar parte de una discusión más amplia, solo hay que entrar en http://www.worldwewant2015. org/es
jueves, 10 de enero de 2013
LLAMADO para COORDINADOR REGIONAL de PROYECTO:
Proyecto: “Fortaleciendo las redes de la Sociedad Civil y los grupos organizados de niños, niñas y adolescentes en su rol de defensa y promoción de los Derechos de la niñez especialmente en el tema violencia en la Región de Centroamérica.”
|
ENTIDADES PARTICIPANTES: REDLAMYC, PLAN INTERNACIONAL, CIPRODENI - Guatemala, CODENI - Nicaragua, COIPRODEN - Honduras, Red de Panamá - Panamá, RIA - El Salvador. Proyecto que se desarrolla con la cooperación de la Comisión Europea en el marco del llamado “Reforzando las capacidades de los agentes No Estatales – Acciones en los países socios” (plurinacionales) (EuropeAid/131140/C/ACT/Multi)
|
ORGANIZACIÓN RESPONSABLE DEL LLAMADO:REDLAMYC
TITULO DEL CARGO: “Coordinador/a Técnico/a Regional de proyecto.”REPORTA A: Secretario Ejecutivo de la REDLAMYCTIPO DE CONTRATO: Contrato individual |
LUGAR DE TRABAJO: Intervención de acción regional con sede a definir en uno de los países participantes del proyecto de la región Centroamericana (El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá) |
PERIODO PROPUESTO: Contrato a un año con posible extensión a dos más de acuerdo a evaluación de desempeño. Fecha de inicio 15 de febrero del 2013. |
INTRODUCCION
Las acciones del proyecto propuesto están orientadas directamente al fortalecimiento de la red regional especialmente en el marco de su subregión centroamericana, las redes nacionales por los derechos de la niñez de los países participantes y sus organizaciones miembros. En el mismo se busca fortalecer las acciones de promoción y protección de los Derechos de niñez y adolescencia priorizando el tema de la protección de la niñez contra la violencia, así como acciones de monitoreo e incidencia. Las redes en su fortalecimiento como representantes de la Sociedad Civil organizada, son una de las herramientas más importantes en el fortalecimiento de la Democracia y en el establecimiento de una Cultura de Paz a nivel nacional y regional. Es por ello que se pone un especial énfasis en la violación de derechos, vinculado a todas las acciones, hechos y omisiones, que están relacionados a la violencia en Centroamérica en especial hacia los niños y niñas. Esto se debe a que los niveles de la misma en América Latina han llegado a proporciones epidémicas, como se muestra en el estudio llevado a cabo por el Instituto de Altos Estudios Internacionales y de Desarrollo de Ginebra (IUHEID), de donde se desprende que de los 14 países más violentos del mundo, en los primeros 7 lugares se encuentran 6 países de América Latina y el Caribe y 3 de ellos en Centroamérica (El Salvador, Honduras y Guatemala), donde se ubica esta acción de fortalecimiento de la Sociedad Civil, en especial para trabajar el tema de la violencia. Aunque se dan diferencias de acuerdos a los países, se ven denominadores comunes que se presentan en los mismos, como son situaciones de pandillas o maras, abuso sexual, trata y tráfico de niños, explotación sexual comercial y no comercial, entre otras, que suponen una grave vulneración de los derechos de la niñez y un impedimento para la realización de sociedades democráticas.
PROPOSITO DE LA CONTRATACIÓN.
Se espera que el coordinador regional del proyecto asuma la gestión técnico -financiera del mismo generando las condiciones que permitan el desarrollo adecuado y eficiente del proyecto así como los espacios de comunicación interna y externa en su ámbito nacional y regional que aseguren el alcance de los resultados esperados.
Los resultados planteados para alcanzar luego de los tres años del proyecto son:
Resultado 1: Red regional centroamericana y plataformas nacionales capacitadas para la promoción e incidencia de cambios en las normativas y políticas públicas en materia de derechos de la niñez y adolescencia.
Resultado 2: Niños, niñas y adolescentes participando activamente en las redes nacionales y la red regional, capacitados en incidencia política y promoción de cambios en la defensa de sus derechos
Resultado 3: Mecanismos de monitoreo y evaluación en el seguimiento del desempeño e impacto de las políticas públicas vinculadas a los compromisos en temas de violencia en cada país y a nivel regional instalados y en funcionamiento.
Resultado 4: Instituciones garantes de derechos nacionales y regionales informadas y asesoradas por las redes en el cumplimiento de sus compromisos relativos a la defensa de los derechos de la niñez y adolescencia y su protección contra todo tipo de violencia.
REQUISITOS SOLICITADOS
Los requisitos para la postulación son los siguientes:
Acreditar, como mínimo, formación académica en las áreas de Sociología, Ciencia Política, Trabajo Social, Relaciones Internacionales, o carreras afines;
Se valorara estudios de post-grado en áreas relacionadas a la coordinación y gestión de proyectos sociales.
Amplia experiencia en coordinación de proyectos multi-país.
Extensa experiencia de incidencia política en instituciones políticas centroamericanas e interamericanas.
Tener comprobada experiencia de cómo mínimo cinco (5) años de trabajo en temas similares a los solicitados en el marco del proyecto.
Conocimiento y manejo del marco internacional de derechos humanos de la niñez y adolescencia
Demostrar conocimientos de la realidad socio-política centroamericana
Tener buena capacidad de iniciativa, interrelacionamiento y gestión general de procesos. Se apreciará el conocimiento del funcionamiento y mecanismos de proyecto financiados con la cooperación de la Comisión Europea.
Tener dominio fluido del idioma español valorándose el manejo adecuado del inglés.
Se valorará la experiencia en organizaciones no gubernamentales preferentemente en temas de niñez y adolescencia y el trabajo en red.
De preferencia pero no excluyente ser de nacionalidad de alguno de los países participantes del proyecto de la región Centroamericana y residir en alguno de ellos.
COMPETENCIAS y/o HABILIDADES SOLICITADAS
Demuestra altas habilidades de comunicación oral y escrita;
Presenta sensibilidad y capacidad de adaptación cultural, religiosa, racial, de género, de nacionalidad y de edad;
Demuestra integridad ética;
Capacidad de análisis, organización, planificación, creatividad y liderazgo de proyectos.
Capacidad para trabajar en equipos multiculturales y virtuales
Capacidad para vincularse con organismos de la sociedad civil tanto nacionales como internacionales así como con grupos organizados de niños, niñas y adolescentes y con organismos políticos y estatales.
MECANISMO PARA POSTULARSE AL CARGO
Los candidatos que cumplan con los requisitos solicitados y deseen inscribirse en el llamado
abierto deberán enviar al correo electrónico redlamyc@gurisesunidos.org.uy la siguiente información
a) Un ejemplar del Currículum Vitae, en el que deberá constar su dirección, código postal, teléfono de contacto y una dirección de e-mail;
b) Carta de interés en relación al cargo propuesto en el llamado
La REDLAMYC remitirá vía correo electrónico la confirmación de recepción de los documentos, indicando si los mismos están completos o incompletos y si se ha podido realizar la inscripción de la postulación.
Podrán realizarse consultas relativas a la inscripción, al correo electrónico redlamyc@gurisesunidos.org.uy hasta el último día de cierre de la misma.
La fecha límite para la presentación de postulaciones es el VIERNES 25 DE ENERO HASTA LAS 24.OO HS DE PANAMA.
RESULTADOS DEL LLALMADO Y DISPONIBILIDAD
El Resultado Final del proceso de selección será comunicado vía correo electrónico y telefónicamente a la persona seleccionada y será colgado en la página web de la REDLAMYC. El candidato debe estar disponible para iniciar sus funciones el 15 de febrero 2013. El inicio de las actividades será autorizado luego de la recepción del contrato firmado. La duración del contrato será de doce meses con la posibilidad de renovación inmediata –sujeta a aprobación de la evaluación de desempeño - de un segundo período comprendido por 24 meses, siempre vinculado al proyecto de cooperación establecido con la Comisión Europea.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)